Guía

Registro electrónico de la jornada laboral: guía 2027

Desde el 1 de enero de 2027, toda empresa en México debe registrar de manera electrónica la hora de inicio y de fin de la jornada de cada persona trabajadora. Aquí está lo que dice la ley, lo que aún falta definir y qué conviene hacer desde ahora.

Actualizada el 22 de octubre de 2026

Qué dice la ley

La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 agregó la fracción XXXIV al artículo 132. Obliga a cada empresa a:

“Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.”

La Secretaría del Trabajo (STPS) debe publicar disposiciones generales con los alcances y las excepciones, que por ley entran en vigor el 1 de enero de 2027. Al día de hoy todavía no se publican; según la Secretaría del Trabajo de Jalisco, la STPS las publicaría en el Diario Oficial durante la primera quincena de diciembre de 2026.

A quién aplica

A toda empresa con personas trabajadoras, sin importar su tamaño, y a cada persona de su equipo, también:

  • Al personal de confianza: esa categoría cuenta para la estabilidad en el empleo y las prestaciones, no para el registro de la jornada.
  • A quien trabaja desde casa o en esquema híbrido.
  • A quien trabaja en campo, en ruta o con clientes.
  • A quien cobra por objetivos o por proyecto: la forma de pago no cambia la obligación.

Se ha mencionado que la STPS podría empezar por las empresas grandes y medianas. Mientras no publique sus disposiciones, la ley no hace esa distinción.

Qué se registra

  • La hora de inicio y de fin de cada jornada: es lo que la ley pide expresamente.
  • Los descansos: la ley no los menciona, pero conviene registrarlos. Sin ellos, todo el tiempo entre el inicio y el fin puede contarse como trabajo.
  • Las correcciones, sin borrar el registro original: quién la hizo, cuándo y por qué.

La ley no exige un aparato ni una tecnología en particular: sirve un celular, una computadora o cualquier pantalla. Lo que no cuenta es una lista en papel o una tarjeta firmada, porque no son un registro electrónico.

Qué debe cumplir un buen sistema

Mientras la STPS publica sus reglas, la referencia más usada es el estándar europeo: un registro objetivo, fiable y accesible. En la práctica:

Inalterable
nadie puede modificar ni borrar un registro después, ni la empresa ni la persona trabajadora.
Trazable
cada corrección queda documentada, con su autor y su motivo.
Disponible de inmediato
lo entregas a la autoridad en cuanto te lo pide, de cualquier periodo.
Accesible
cada persona puede consultar sus propios registros.

El registro como prueba

El mismo artículo dice que el registro hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empresa. Por eso conviene que cada persona acepte el sistema al empezar y confirme sus registros de forma periódica.

En una demanda laboral, a ti te corresponde probar la jornada y las horas extra. Sin un registro confiable, se presume cierto lo que diga la persona trabajadora, y eso suele costar más que la multa: horas extra, días de descanso trabajados y prima dominical.

Multas

No llevar el registro se sanciona con 250 a 5,000 UMA (artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo): de unos $29,000 a $587,000 pesos con la UMA de 2026.

La jornada máxima también baja

La misma reforma reduce la jornada ordinaria de 48 a 40 horas a la semana, de forma gradual, cada 1 de enero:

AñoHoras ordinarias a la semanaMáximo de horas extra a la semana
2026489
2027469
20284410
20294211
20304012

El registro es lo que te deja ver a tiempo quién pasaría del nuevo límite.

Qué hacer antes del 1 de enero de 2027

  1. 1Elige un sistema electrónico y empieza a registrar desde ahora, para llegar a enero con semanas de registros y con tu equipo acostumbrado.
  2. 2Compara las horas reales de cada persona con su horario y detecta quién pasaría de las 46 horas semanales de 2027.
  3. 3Pide a cada persona que acepte el sistema, para que el registro sea acordado.
  4. 4Revisa tus contratos y tu reglamento interior de trabajo con tu abogado o tu contador.
  5. 5Comprueba que puedes entregar los registros de cualquier periodo en minutos.

Lo que todavía no se sabe

Las disposiciones de la STPS deben aclarar:

  • Si habrá excepciones o una entrada gradual según el tamaño de la empresa.
  • Si se deben registrar los descansos, la ubicación o la identidad de quien registra.
  • Cuánto tiempo hay que conservar los registros y en qué formato se entregan.
  • Qué cuenta exactamente como un registro acordado.

Se esperan para la primera quincena de diciembre de 2026. Actualizaremos esta guía en cuanto se publiquen.

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